En estos casos debes iniciar el DIVORCIO UNILATERAL, mediante el cual se hace una propuesta de convenio regulador respecto de los efectos del divorcio (Bienes/Hijos/compensación económica).
Las diferencias que puedan llegar a generarse entre las propuestas de ambos cónyuges, se tratarán en una audiencia que fijará el juzgado a esos efectos.
Fuente de consulta: Código Civil y Comercial, artículos 437 y 438. (abre en otra pestaña) ↗
Contenido general orientativo. Consultá al estudio para evaluar su aplicación y los requisitos de tu caso.
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